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Forma de actuar ante una extinción de una ecu

EXTINCIÓN DE AUTORIZACIÓN DE UNA ECU:

Se informa que a efectos de lo previsto en el art. 10.6 y 7 del Reglamento7/2022 de 26 de abril por el que se establece el Régimen de las entidades Colaboradoras urbanísticas de verificación, inspección y control (RECU):

Art. 10.-

6. En los supuestos de extinción de la autorización por alguna de las causas contempladas en el apartado 1, el interesado podrá elegir si el Ayuntamiento continúa con la tramitación de su solicitud de licencia o declaración responsable o si opta por encomendarla a otra entidad colaboradora de su elección, sin que en ningún caso esta circunstancia pueda suponer un incremento de los costes para el interesado.

7. En el supuesto de que el interesado no haga uso de ese derecho, el área de gobierno u organismo competente del Ayuntamiento encomendará la tramitación de su expediente ya iniciado a los servicios técnicos municipales o a otra entidad colaboradora sin que, en ningún caso, esta circunstancia pueda suponer un incremento de los costes para el interesado

13/09/2023

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